miércoles, 21 de enero de 2009

ACTORES DEL ESCENARIO VIAL: CONDUCTOR(A), PEATON(A), PASAJERO(A)



Este trabajo tiene como objetivo orientar a las personas para que no incurran en violar las normas de seguridad vial debido a la ignorancia que posea de ésta. También nos invita a crear conciencia en todos aquellos que carezcan de ella debido a los diversos siniestros que ocurren hoy en día.

1. Conductor(a):
Ø Definición: es toda persona que conduce ó tiene el control físico del vehículo

Ø Clasificación:

- Según el tipo de vehículo:

Particular, periférico, por puesto, taxi, colectivo, escolar, de seguridad, de emergencia, de transporte de carga, motorizado, ciclista.

- Según el tipo de licencia de conducir:

Conductores(as) con licencia de segundo grado, tercer grado, cuarto grado, quinto grado.
· Conductores(as) con licencias especiales en atención a las aptitudes y condiciones físicas del interesado o interesada.


Ø Normas de seguridad vial para el (la) conductor(a):
· Deberes:

- Asegúrese del buen funcionamiento de neumáticos, dirección, suspensión, frenos, sistema de control de tracción, sistema electrónico de estabilidad, alumbrado, funciones de control y limpiaparabrisas.

- Asegúrese de que el vehículo tenga combustible suficiente.
- Llevar las herramientas y dispositivos de seguridad necesarios como el triángulo de seguridad, luces intermitentes y caucho de repuesto.
- Estudiar el trayecto con antelación a través de un mapa o guía de viaje. Conoce bien el camino, rutas alternativas, dónde comer, dónde descansar e incluso dónde dormir.
- Usar el cinturón de seguridad
- Respetar los límites de velocidad establecidos. Recuerdar que cuando se conduce a exceso de velocidad disminuyen las posibilidades de recuperar el control del vehículo durante una maniobra imprevista.

- No consumir alcohol si va a conducir
- Los niños, personas de la tercera edad y mujeres embarazadas deben viajar en el asiento trasero del vehículo.
- Respeta las señales de tránsito.

- Reducir la velocidad en las curvas y conducir con precaución en condiciones de lluvia o poca visibilidad.
- No hablar por el celular y así evitarás riesgos de chocar o atropellar a alguien.

- Si te desplazas en moto, utiliza el casco y respeta a los demás usuarios de la vía pública
- No utilizar el hombrillo como vía para desplazarte, recuerda que este canal es para autos accidentados, averiados, o para circulación de grúas.
derechos y sanciones

Ø Sanciones:
Serán sancionados con multas entre cinco (5) a diez (10) unidades tributarias, quienes incurran en las siguientes infracciones:
1. Conduzcan vehículos con la licencia vencida, suspendida o sin haberla obtenido.
2. Circulen sin placas identificadoras o con placas que no correspondan al vehículo.
3. Incumplan con la obligación de registrar el vehículo o suministren datos falsos al Registro Nacional de Vehículos y Conductores.
4. Conduzcan vehículos sin haber aprobado la revisión técnica, mecánica y física.
5. Conduzcan vehículos bajo influencia de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas o por encima del límite máximo de velocidad establecido.
6. Ejecuten actos tendientes a eliminar o alterar el normal funcionamiento del dispositivo gráfico de velocidad y distancia recorrida.
7. Conduzcan vehículos de transporte terrestre de pasajeros y de carga por los canales de circulación no permitidos para tales vehículos.
8. Desatiendan las indicaciones de los semáforos.
9. Conduzcan vehículos efectuando competencias de velocidad y demás maniobras prohibidas en las vías de circulación.
10. Se den a la fuga en caso de estar involucrados en accidentes de tránsito

Ø Derechos Del Conductor
- Acceder a una licencia de conducir.- Transitar con seguridad por las calles de la ciudad.- Disponer de los medios en caso de accidente de tránsito.

- Acceso a la defensa de los derechos a través de los sistemas creados a tal efecto (Juzgado Administrativo de Faltas, Dirección de Tránsito, Dirección de Transporte, Dirección de Planeamiento).
- Acceso a educación vial.
- Participación en acciones de capacitación y formación sobre la actualización de la normativa vigente.

Ø Requisitos legales para conducir:

· Licencia de conducir, certificado médico, certificado psicológico, registro del vehículo, seguro de responsabilidad civil, solvencia de tasas de impuesto vehicular.

2. Pasajero(a):

Ø Definición: es la persona distinta al conductor que se transporta en un vehículo público.

Ø Clasificación:

- Según el tipo de vehículo:

· Particular, colectivo, escolar, de seguridad, de emergencia, motorizados.

Ø Según las condiciones físicas
y psicológicas:

· Niños y niñas
· Adultos y adultas mayores.
· Personas con discapacidad.
· Con movilidad reducida (embarazadas, obesos y obesas, con muletas, con bultos)
· Características a considerar: estatura, calidad de visión y audición, peso, agilidad.



3. Peatón(a):
Definición: persona que circula caminando por una vía pública..

Ø Clasificación:
- Según la ubicación geográfica:
· Sector rural
· Sector urbano
· Sector periférico.

- Según las condiciones físicas y psicológicas:
· Niños, niñas
· Adultos y adultas mayores
· Personas con discapacidad
· Personas con movilidad reducida (embarazadas, obesos y obesas, con muletas, con bultos)


- Según las condiciones físicas y psicológicas:
· Niños, niñas
· Adultos y adultas mayores
· Personas con discapacidad
· Personas con movilidad reducida (embarazadas, obesos y obesas, con muletas, con bultos)

Ø Derechos Del Peatón
1. El peatón tiene derecho a vivir en un ambiente sano y a disfrutar libremente del espacio público en las condiciones de seguridad adecuadas para su salud física y psicológica.
2. El peatón tiene derecho a vivir en centros urbanos o rurales organizados a medida del hombre y no del automóvil.
3. Los niños, los ancianos y los minusválidos tienen derecho a que la ciudad constituya un lugar de socialización y no de empeoramiento de su situación de debilidad.
4. Los minusválidos tienen derecho a que se tomen medidas específicas que les permitan toda movilidad posible, como la demolición de las barreras arquitectónicas y el acondicionamiento de los medios públicos de transporte.
5. El peatón tiene a que se le reserven zonas urbanas lo más amplias posible, que no sean meras "islas de peatones", sino que se inserten coherentemente en la organización general de la ciudad.
6. El peatón tiene derecho, en particular:
a) Al respeto de las normas relativas a las emisiones químicas y acústicas de los vehículos de motor consideradas científicamente como soportables.
b) A la implantación generalizada en el transporte público de vehículos que no sean fuente de contaminación atmosférica o acústica.
c) A la creación de "pulmones verdes", incluso mediante obras de repoblación forestal urbana.
d) A la limitación de la velocidad mediante una reforma estructural de calles, cruces (por ejemplo con ayuda de isletas), de manera que los automovilistas rectifiquen la velocidad y se garantice el tráfico de peatones y bicicletas.
Ø Deberes:
- cruzar la calles por el rallado
- usar las pasarelas en caso de que halla
- cruzar sólo cuando el semáforo se lo indique
- en caso de poseer niños cruzar la calle tomando la mano del menor
- No se arriesgue a transitar solo por la vía pública si ha bebido alcohol

Ø Interacción entre los diferentes actores del escenario vial: conductor(a), peatón(a) y pasajero(a):

- El lenguaje en la interacción de los actores del escenario vial para su convivencia en el tránsito y transporte terrestre:
· Oral
· Escrito
· Gestual
· Sónico
· Cromático
· Icónico.


Podemos concluir que existen leyes, derechos y deberes para cada uno de los actores del escenario vial y que para una agradable convivencia entre cada actor es necesario el respeto por cada uno de los requerimientos establecidos.
El irrespeto por estos aspectos puede traer como consecuencia poner en riesgo a algún actor y también será sancionado según convenga la ley


Autor: Maria Adriana Torres





Fuentes:
www.google.com
Diccionario de tránsito
Ley de tránsito terrestre

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